Sentencia del TEDH sobre el reconocimiento de vínculo de filiación en los supuestos de vientre de alquiler entre el niño y la madre intencional

2019-05-12 0:00:00

Un reciente dictamen del Tribunal Europeo de Derechos Humanos constituye su primer pronunciamiento sobre esta materia. En respuesta a la solicitud de opinión consultiva presentada por el Tribunal de Casación de Francia y por unanimidad, ha establecido que para casos de niños nacidos en el extranjero por maternidad sustituta (vientre de alquiler) y derivados de los gametos del padre de intención y un tercer donante y donde la relación padre-hijo entre el niño y el padre ha sido reconocida en la legislación nacional, el derecho al respeto de la intimidad del niño, exige que el derecho interno prevea la posibilidad de que se reconozca un vínculo filiación entre el niño y la madre intencional, designada en el certificado de nacimiento legalmente establecido en el extranjero como “madre legal”. Asimismo indica que el derecho al respeto de la vida privada del niño no requiere que se haga tal reconocimiento por la transcripción en los registros del estado civil de la partida de nacimiento legalmente expedida en el extranjero, sino que puede hacerse por otros medios, como la adopción del niño por la madre intencional. Reseña de Noticias Jurídicas

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